miércoles, 12 de octubre de 2011

Registrar un nuevo colmenar

Una vez que hemos decidido el emplazamiento y el número de colmenas con las que vamos a empezar llega la hora del papeleo.
 
Vamos a recopilar la documentación necesaria para poder instalar nuestro colmenar de autoconsumo (hasta 15 colmenas). Os contaremos como se hace en Castilla y León, deberéis revisar la legislación correspondiente de vuestra comunidad por si hay algo diferente.

Una vez que tengamos el permiso del propietario de la tierra, y comprobado que cumplimos las distancias mínimas (ORDEN AYG/2155/2007, de 28 de diciembre) debemos hacer una comunicación oficial en el ayuntamiento correspondiente al término municipal en la que se encuentra nuestro asentamiento para que lo acepten si cumple la legislación. Aquí podemos ver un ejemplo de solicitud. Si tenemos menos de 24 colmenas estamos exentos de solicitar una autorización ambiental (Ley 11/2003, de 8 abril de Prevención Ambiental de Castilla y León). 

Con esta licencia, un croquis de la ubicación del asentamiento, en el que aparezca provincia, municipio, polígono, parcela, y vías de acceso (una buena herramienta para esto es el visor Sigpac), y con una fotocopia de nuestro dni nos dirigiremos al servicio comarcal de agricultura para entregarlos.

Una vez aceptada nuestra solicitud, nos indicarán nuestro número de registro, el cual deberá aparecer en cada una de nuestras colmenas y en el cartel de aviso. Además obtendremos nuestra cartilla de explotación apícola en la que deberemos registrar los tratamientos sanitarios que realicemos.

Como este proceso no cuesta dinero, es mejor tener nuestras colmenas registradas para evitar problemas.

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